DERECHO DE AUTOR Y PLAGIO

El Derecho de autor

¿Qué se entiende por derecho de autor?

El término “derecho de autor” desde el punto de vista jurídico es aceptado como el derecho que obtienen los creadores de obras literarias, científicas, pictóricas, así como las añadidas como las obras musicales, películas, los programas informáticos, las bases de datos, los anuncios publicitarios, y los dibujos de naturaleza técnica.

¿Qué derechos obtiene el autor?

El derecho de autor se divide en dos tipos:

  • Derechos patrimoniales, cuando el autor/creador titular de los derechos puede obtener una compensación económica acorde al uso de sus obra ejercido por terceros sin derechos sobre la misma.
  • Derechos morales, no menos importantes se consideran los que goza el autor por el mero hecho de serlo. Traspasan la esfera de lo económico, y podemos decir que se trata del derecho al reconocimiento que tiene el autor de determinada obra para que se vea reflejado mediante su cita, y derecho a oponerse contra cualquier modificación de su obra que se pueda hacer por terceros, sin su consentimiento expreso, o aquella que pueda dañar reputacionalmente su imagen.

Esta materia se encuentra su regulación en España por medio del Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual.

El titular de los derechos patrimoniales de una obra puede prohibir o autorizar:

  • la reproducción de su obra mediante publicación impresa o la grabación sonora.
  • la interpretación o ejecución pública, representación teatral.
  • la grabación de la obra en cualquier medio posible de ser reproducida. También se denomina esto derecho de fijación.
  • la difusión de la obra por radio, cable o satélite.
  • la traducción de la obra a otros idiomas.
  • la adaptación de la obra. Como ejemplo la adaptación a un guión para ser llevada al cine.

¿Qué se considera plagio?

Según la RAE plagiar es copiar una idea o una obra literaria, artística o científica de otro autor, presentándola como si fuera propia
Por lo tanto, se puede decir de una forma somera, que se puede producir plagio al aprovecharse del trabajo de otra persona y haciéndolo como propio.

  • Cuando se copia una obra y se reproduce como propia total o parcial. Si la obra está protegida por el Derecho de Autor, con independencia se haya producido mas o menos volumen de copia o plagio.
  • Reproducir un determinado texto o imagen en una publicación sin que se haga referencia a su autor.
  • Copiar párrafos de sentencias sin señalar su procedencia.
  • El encargo de un trabajo a otra persona y presentarlo como propio.
  • Cuando se reproduce o presenta como original o nueva una determinada obra propia cuando el mismo ya ha sido anteriormente utilizado. En este caso hablamos de “autoplagio”.
  • Copiar cualquier audio, vídeo, web, música, podcats… sin citar al autor.

Sobre las denominadas Obras Compuestas.

Se puede considerar como una nueva creación, aunque usa fragmentos de otros autores, pero contenido mayor de la obra reside en un nuevo contenido. En estos supuestos de considerar una obra de naturaleza compuesta debe sobresalir la ausencia de perjuicio a terceros como también no perseguir lucrarse. Por lo tanto estas obras se pueden entender como «nuevas», pero para su publicación deberán contar con la previa autorización escrita expresa del autor del contenido que se ha incorporado a la nueva obra.

Como conclusión podemos decir que no todo tiene consideración de plagio en sentido estricto de delito. Se debe saber distinguir sobre todo en obras literarias de carácter científico cuando podemos estar ante un presunto plagio y cuando se esta reproduciendo una visión, investigación o teoría que versa sobre un mismo objeto, que puede coincidir en el fondo pero no en la estructura las formas y la literalidad de lo escrito.

Para determinar si estamos ante un plagio, para encontrar respuestas debemos acudir a la jurisprudencia que se ha ido formando más allá del propio cuerpo normativo.

Si tiene algún tipo de conflicto relacionado con el plagio, bien como perjudicado o acusado, contacte con nuestro despacho donde podremos asesorarle por un abogado especializado en propiedad intelectual.

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