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¿Se puede modificar el registro de una marca una vez presentada la solicitud ante la OEPM?

Cuando nos disponemos a tramitar la solicitud de registro de una marca debemos previamente tener claras cuestiones como quién será el titular del registro que se solicita, si una persona física o varias, una persona jurídica (sociedad), los productos o servicios a que se va destinar la marca y si tiene logotipo pues habrá de presentarlo en el momento de presentar la solicitud de registro de marca.

Todo lo anterior es importante ya que una vez quede presentada la solicitud de marca no podrá modificarse el distintivo solicitado.

Ocurre en bastantes situaciones que como consecuencia del paso del tiempo, como por ejemplo la marca que en su día se solicitó se ha modernizado su imagen, dando lugar a la creación de una nueva imagen corporativa o que se haya ampliado los productos o servicios para los que originariamente se solicitó el registro de marca.

Pues bien, en estos casos, tampoco podremos solicitar la modificación, se deberá presentar una nueva solicitud de marca que proteja así la nueva realidad conforme al nuevo logo o nombre y en su caso los servicios o productos nuevos.

¿Qué se puede modificar de una marca registrada?

El expediente de marca registrada podrá modificarse en lo que respecta al titular del registro, consecuencia de una cesión de la marca u otra situación análoga.

También la dirección que inicialmente se indicó al momento de solicitar la marca.

Todas estas modificaciones estarán sujetas a la presentación de un formulario y al pago de la tasa correspondiente.

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